Una de las principales causas de la dilación en la justicia deriva de la obligación de agotar la vía administrativa antes de poder interponer recurso contencioso-administrativo.

Esta condición para acceder a la tutela judicial efectiva es especialmente gravosa en materia tributaria, en la que resulta necesario agotar la vía económico-administrativa para interponer recurso en sede judicial, lo que provoca un retraso de varios años hasta lograr esa tutela judicial. En este contexto, el Tribunal Supremo ha dictado la sentencia de 21 de mayo de 2018 (rec. núm. 815/2018), que constituye una auténtica revolución en la forma de entender y aplicar el tradicional privilegio administrativo de revisar sus actos antes de someterlos a control judicial, al menos en los supuestos en los que el único motivo de impugnación es la ilegalidad de un reglamento o la inconstitucionalidad de una ley. El Tribunal Supremo abre la posibilidad de interponer recurso contencioso-administrativo sin agotar la vía administrativa previa cuando dicha instancia sea manifiestamente innecesaria en la resolución de la controversia.

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