Los jueces podrán estudiar causas de ERE en demandas individuales aún cuando exista un acuerdo.

El Tribunal Constitucional (TC) ha determinado que los juzgados, al resolver demandas individuales por despido, pueden pronunciarse sobre las causas invocadas por una empresa u organismo para justificar un despido colectivo aún cuando exista acuerdo con los representantes de los trabajadores. La sala segunda del Constitucional estima así el recurso de varios trabajadores afectados por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) del Ayuntamiento de Ciempozuelos (Madrid) al apreciar que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva, y devuelve el procedimiento al momento anterior a que se dictara sentencia.

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