Los jueces avalan comprar un piso anunciado en una inmobiliaria directamente al vendedor.

Previamente la agencia enseñó la vivienda a la interesada e hizo que firmara la hoja de visitas constando que la agencia realizaría las gestiones de intermediación para la compra o alquiler de la finca y que las personas que visitan el inmueble y suscriben el documento reconocen y aceptan el 3% del precio de compraventa como honorarios (IVA no incluido) que abonarán a la agencia. Ante el impago de esta comisión, la agencia demandó a la compradora. La AP de Cádiz ha sentenciado, al resolver un recurso de apelación, la hoja de visitas firmada por el demandado estableciendo en caso de venta unos honorarios para la inmobiliaria del 3% del precio de la venta es contraria a la normativa protectora de consumidores y usuarios.

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