Lograr el perdón judicial a las deudas que no se pueden pagar será a partir de ahora mucho más fácil y rápido.

Al menos, en Barcelona. El Tribunal Mercantil de Barcelona –que agrupa a los once juzgados mercantiles de la provincia– y el juzgado de primera instancia número 50 de la ciudad de Barcelona han aprobado un protocolo de actuación para acortar al máximo los plazos de tramitación de los denominados concursos de acreedores consecutivos, que afectan a empresarios y avalistas, por un lado, y a ciudadanos particulares, por el otro. Estos concursos son los presentados al amparo de la ley de la Segunda Oportunidad que entró en vigor en el 2015 y que, cuatro años después, está lejos de despegar. La ley se ideó –como indica su nombre– para permitir empezar de nuevo a aquellas personas que viven sepultadas bajo el peso de sus deudas, siempre que hubieran llegado a esta situación de forma fortuita (sin culpa) y que hubieran liquidado todo su patrimonio. En estos casos, el juez puede conceder lo que se conoce como el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, el perdón judicial definitivo, inatacable y para siempre de las deudas pendientes. Esa era la intención del legislador y también de los jueces que tienen que aplicar la norma. Pero, en la práctica, muchísimos menos de los potenciales beneficiarios de la ley han logrado su objetivo.

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