La propuesta del Ministerio de Trabajo para reducir la temporalidad es considerada por algunos juristas de laboral como "radical"

y acarreará el encarecimiento del despido para los contratos temporales al ser considerados nulos y no improcedente en caso de fraude de ley. Eso conllevará incluir entre los costes los salarios de tramitación; es decir, las nóminas del trabajador durante todo el proceso judicial si recurre su despido a los tribunales. En opinión de estos expertos, la propuesta judicializará más los despidos, pues deja en manos de los jueces determinar si las causas esgrimidas por la empresa justifican que el contrato no sea indefinido. Trabajo cierra el círculo con la modificación del artículo 55 del ET (Forma y efectos del despido disciplinario) al introducir coma causa de despido nulo "el de las personas trabajadoras que hayan suscrito un contrato de duración determinada, respecto de aquellos contratos concertados al margen de las razones justificativas previstas en las disposiciones legales, y, en concreto, de las referidas en el apartado 3 del artículo 15 de esta norma [modificado], cualquiera que sea la causa alegada para la extinción".

Compartir:

En Apros Consultores Patrimoniales utilizamos cookies propias y de terceros para asegurarnos que todo funciona correctamente. Para más información visita nuestra política de cookies. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar" o personalizar tu elección haciendo clic en CONFIGURAR O RECHAZAR SU USO.