La justicia condena a una empresa a readmitir a una trabajadora a la que despidió por padecer un cáncer de útero.

El TSJ de Cantabria rechaza que se tratase de un cese disciplinario por una disminución continuada de la actividad laboral, como así alegaba la compañía, y determina que se ha producido una discriminación por razón de discapacidad. Estima que el despido encierra un trato desfavorable por razón de género, al ser este tipo de cáncer una "patología netamente femenina", es decir, que afecta únicamente a las mujeres.

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