La empresa no puede difundir los motivos el despido disciplinario de una empleada.

Y menos aún sin ni siquiera esperar a una previsible impugnación judicial y por tanto una sentencia en la que se decida sobre la procedencia del cese. Así lo ha establecido el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en un caso en el que el departamento de recursos humanos de una compañía decidió, al día siguiente de efectuar el despido de una empleada, lanzar una comunicación interna a través de esta vía en la que explicaba que con dicho cese pretendía "contribuir al bienestar y mejor convivencia de los trabajadores y mantener los valores y el respeto mutuo en la empresa". La sentencia ha establecido una indemnización de 6.500 euros por la vulneración en el derecho al honor de la empleada cesada.

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