La CE modifica las calificaciones del tamaño de las empresas

Eleva las cifras del balance y del volumen de negocio que definen cada una de las categorías empresariales a los efectos del cumplimiento de obligaciones de presentación de informes y auditorías. La modificación normativa entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2024. No obstante, los Estados miembros pueden permitir a las empresas que apliquen dichas disposiciones para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2023. Una vez en vigor esta Directiva, se considerarán microempresas aquellas cuyo balance no supere los 450.000 € y su volumen de negocio se sitúe por debajo de los 900.000 €, lo que supone un ajuste al alza del 28,6%. El número estimado de sociedades de capital que se beneficiarían de una reducción de sus obligaciones de presentación de información y auditoría es del 6%.

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