La AEAT no podrá sancionar a los parados que cobren la prestación por desempleo y no presenten la Renta.

El nuevo deber de presentar la declaración a todos los desempleados que cobren un subsidio solo conllevará sanciones en el ámbito laboral y no tributario. El secretario técnico del REAF explica que aunque Trabajo ha añadido esta nueva obligación, para que tenga efectos tributarios debe incluirse en la Ley del IRPF. Mientras no se dé este cambio, la AEAT no podrá sancionar a los parados que no presenten la declaración, puesto que no estarán obligados a hacerlo por la Ley del IRPF.

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