En plena polémica sobre el registro obligatorio de jornada,

el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha fallado este martes que ese control debe existir porque sin él “no es posible determinar (...) el número de horas de trabajo”. Y, además, sentencia que los Estados de la UE, no solo España, deben regularlo para asegurar que los empresarios respeten “la duración máxima del tiempo de trabajo” y evitar los abusos laborales. Además, continúa la sentencia, contabilizar la jornada es una herramienta que ayuda a vigilar que “se respetan todas las situaciones de periodos mínimos de descanso diario y semanal” contemplados en las normas europeas.

 

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