En el ámbito de las relaciones laborales, la utilización de sistemas de IA

-o gestión algorítmica-, para la selección de candidatos, para las políticas de retención o atracción del talento, y, en general, para la organización y disposición de condiciones de trabajo, incluidas diversas manifestaciones del poder de dirección del empresario; ya está plenamente asentada en las empresas. En este sentido, la Unión Europea es plenamente consciente de que la IA, junto a las innegables ventajas que ofrece, en el caso de una indebida parametrización del sistema, puede representar unos importantes riesgos en materia de vulneración de derechos fundamentales, especialmente, en materia de discriminación. El pasado 12 de julio se publicó, en el ámbito del Derecho de la Unión Europea, el Reglamento 2024/1689, de Inteligencia Artificial.

Compartir:

En Apros Consultores Patrimoniales utilizamos cookies propias y de terceros para asegurarnos que todo funciona correctamente. Para más información visita nuestra política de cookies. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar" o personalizar tu elección haciendo clic en CONFIGURAR O RECHAZAR SU USO.