El TSJ de Asturias obliga al Jurado de Expropiación Forzosa a manifestarse respecto a los justiprecios.

Hasta ahora, el Jurado se limitaba a dejar pasar el tiempo sin contestar ni argumentar el justiprecio ofrecido, consiguiendo de este modo que por medio del silencio administrativo quedasen desestimadas las demanada. El TSJ de Astuaa ha anulado el articulado que hasta ahora permitía al Jurado acogerse al silencio administrativo para no pronunciarse en esta materia. La sentencia declara nulo de pleno derecho el punto 3 del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Jurado de Expropiación Forzosa del Principado de Asturias y recoge el argumento jurídico del Tribunal Supremo de que el silencio administrativo previsto en dicho articulado resulta "gravemente pertubardor para el adecuado funcionamiento del procedimiento expropiatorio y, más en general, para una fijación del justiprecio respetuosa de los principios que, con arreglo a la Constitución y a la Ley de Expropiación Forzosa, deben presidir esta materia".

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