El TS se pronuncia sobre la reducción en la base imponible del IRPF por pensiones compensatorias a favor del cónyuge satisfechas por decisión judicial:

se aplica desde la fecha en que se suscribe el convenio regulador, siempre que la sentencia judicial que lo ratifique no los modifique. En dos sentencias, los ponentes recuerdan que en una anterior sentencia de 2022 la propia Sala ya estableció que “los pactos, que celebran los cónyuges, regulando sus relaciones personales y patrimoniales, son perfectamente válidos y exigibles, siempre que concurran los requisitos de toda clase de contratos”. La DGT venía interpretando que estas cantidades no pueden minorar la base imponible del impuesto, ya que solo pueden hacerlo aquellas cantidades satisfechas una vez sea firme la resolución por la que se homologue judicialmente el convenio.

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