El TS facilita a los contribuyentes la devolución del impuesto de la plusvalía municipal

si se pagó a la Administración tras la venta, herencia o donación de unos terrenos o inmuebles que, lejos de incrementar su valor, éste se redujo o no sufrió variación alguna. El alto tribunal ha emitido más de seis fallos en noviembre en los que, aunque no cambia su doctrina, facilita la recuperación de lo tributado aunque la liquidación o autoliquidación del impuesto fuera firme. No obstante, para ello, recuerda a los contribuyentes que no pueden solicitar la devolución en base a la sentencia del TC de octubre de 2021 que anuló la totalidad del tributo por la inconstitucionalidad de su método de cálculo, sino en base a argumentos diferentes, como que se hizo tributar por casos en los que no hubo incremento de valor.

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