El TS abre la puerta a tumbar la prohibición de deducir el IVA por los gastos en atención a clientes.

El alto tribunal indica en un auto del pasado 22 de julio que "duda" de que la Directiva europea del IVA "pueda amparar" los límites a deducir el impuesto que rigen en la ley española. Por ello, ante las reticencias de que la Ley del IVA española pueda incumplir la norma europea en materia de deducciones, el Supremo ha remitido el asunto al TJUE para que aclare si la norma nacional es conforme a derecho. "La respuesta que el TJUE dé puede producir un cambio de criterio de este tribunal", añade.

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