El TJUE se pronuncia sobre los costes que no están ligados a la duración de la hipoteca.

Al realizar la amortización anticipada de una hipoteca el cliente no puede deducirse costes que no están ligados a la duración del préstamo. Señala que la Directiva 2014/17 sobre los contratos de crédito no incluye los gastos que, con independencia de la duración de la hipoteca, corran a cargo del consumidor en favor del banco que ya hayan sido ejecutadas íntegramente cuando tenga lugar el reembolso anticipado. Los intereses y los gastos dependientes de la duración del crédito sí se reducirán proporcionalmente, pero los gastos de tramitación que no dependen de la duración del crédito no se reembolsarán, ni siquiera proporcionalmente.

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