El Supremo rechaza el impago del alquiler de un local por la caída de ventas debido a trabajos municipales.

El pleno de la Sala de lo Civil ha confirmado la condena impuesta a las responsables de una camisería de Sevilla por dejar de pagar el alquiler de un local alegando el perjuicio que le causaba una obra realizada por el Ayuntamiento. El Supremo argumenta que en el contrato de alquiler no había una cláusula que diera a las arrendatarias la posibilidad de resolverlo de forma unilateral. Además, sostiene que los daños económicos de la obra también los sufrían los dueños del local. “Si el arrendatario vio mermados sus ingresos por las obras de la calle, también lo debieron ser las posibilidades de obtener un nuevo arrendatario, para el arrendador por unas obras ordenadas por el Ayuntamiento y que, por tanto, no estaban bajo su dominio”.

Compartir:

En Apros Consultores Patrimoniales utilizamos cookies propias y de terceros para asegurarnos que todo funciona correctamente. Para más información visita nuestra política de cookies. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar" o personalizar tu elección haciendo clic en CONFIGURAR O RECHAZAR SU USO.