El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Oviedo ha dictado una sentencia en la que anula una compra de acciones del Banco Popular dentro de la ampliación de capital llevada a cabo en 2016, así como tres adquisiciones posteriores

La resolución judicial, contra la que cabe recurso, condena a la entidad a devolver al demandante 5.454 euros más intereses. La sentencia señala que existía una "notable diferencia" entre la situación patrimonial y financiera del Banco Popular, que determinó su intervención meses después, y la expresada en el folleto de la oferta pública "donde se erigía en el banco más rentable del mercado español, si bien en atención a determinados parámetros".

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