Duro revés al sector del taxi. El Tribunal Supremo ha declarado nulos los artículos 1 y 2 del Real Decreto por el que se regulaba la venta de licencias VTC

y se ponía en marcha una web de control en Fomento para los viajes de los vehículos de alquiler con conductor, es decir, los Uber y Cabify. Según el Alto Tribunal, “no queda acreditada la existencia de una razón imperiosa de interés general que justifique la medida limitativa”. Además, añade, "la limitación temporal puede ser considerada desproporcionada”. En cuanto a la web de control, con la que se pretendía controlar los tiempos de precontratación, el Tribunal Supremo ha considerado deproporcionado imponer esa carga burocrática a las empresas VTC, "pues los datos cuya remisión se exigen van más allá de lo necesario".

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