Contraer matrimonio durante el periodo de incapacidad temporal no da derecho a, una vez recibida el alta médica, disfrutar del permiso correspondiente al enlace.

Así lo determina el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de las Islas Baleares en una reciente sentencia que rechaza la demanda presentada por un trabajador que, tras casi dos años de baja, solicitó a su empresa los días a los que entendía que tenía derecho por su enlace. El empleado se había casado a las cuatro semanas del accidente de tráfico que motivó su situación de incapacidad.

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