Alivio entre los inversores extranjeros con la nueva aclaración de Hacienda.

La DGT ha interpretado, a favor del contribuyente, el alcance en la inversión indirecta en sociedades inmobiliarias cotizadas de la reforma que introdujo el nuevo impuesto a grandes fortunas. Tributos exime a estas participaciones del IP y del propio ITSGF. Las dudas de los fiscalistas se acrecentaron durante todo este primer año de aplicación. La norma no aclaraba el alcance de la exclusión para los valores negociados en mercados organizados, y si ésta debía entenderse como absoluta o, por el contrario, se aplicaba únicamente cuando la inversión en los valores cotizados era directa.

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