Acuerdo para establecer la situación laboral de los 'riders'.

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, los sindicatos CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme alcanzaron el miércoles el acuerdo. Según indicó el Ministerio, en el acuerdo se reconocerá la presunción de laboralidad -es decir, la condición de asalariados- para los trabajadores que presten servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor gracias a una plataforma digital. Tras el acuerdo, la conocida como 'ley rider' tendrá que pasar por el Consejo de Ministros, aunque aún no hay fecha para su debate y posterior aprobación en forma de real decreto-ley. La norma solo afectará a empresas como Glovo, Deliveroo, Uber Eats o Stuart, que contratan como autónomos a repartidores a domicilio en bicicleta y que se han enfrentado a inspecciones de trabajo y denuncias en los juzgados por esta cuestión.

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